martes, 23 de febrero de 2010

Aclaraciones Bases Capital Semilla 2010 SERCOTEC R. Valparaíso


1) ¿Cuánto tiempo después de terminado el plazo de postulación se les hará el traspaso de recursos, esto en el caso de la Línea Empresa y en el caso de los postulantes de la Línea Emprendimiento, cuánto tiempo después les avisarán que fueron seleccionados?

R: En capital semilla empresa los recursos son traspasados, tras la formalización en calidad de ganador del la empresa o emprendedor(a) (entrega garantía y demás antecedentes y firma de contrato).


Los resultados debieren de estar los primeros días de mayo (KS Emprendimiento) y a mediados de mayo en el caso de KS Empresa.


2) ¿Cuánto tiempo transcurre antes de que los postulantes de la línea emprendimiento se les transfieran los recursos?

R: En el caso de capital semilla emprendimiento los recursos debieren de ser traspasados una vez terminado el proceso de formación (1,5 meses), dado que sólo si el/la emprendedor/a cumple con haberse formalizado (iniciación de actividades), con haber desarrollado su plan de negocios y con una asistencia mínima del 80%, podrá recibir los recursos ($1.500.000)

Los postulantes de la Línea Emprendimiento pueden enviar a un representante en la etapa de formación y capacitación, esto corresponde al mes y medio previo a la entrega de recursos y sumado al período posterior en el que se completan los cuatro meses.

Ya sea persona natural o jurídica, deberá solicitar autorización para este evento al Director Regional, exponiendo el argumento que viene a justificar este hecho, ahí quedará a criterio del Director. La premisa es que siempre asista al proceso el titular del proyecto.


3) ¿Qué sucede cuando la persona que esta a nombre la empresa se ausentará del país en la etapa de firma de contrato y seguimiento, puede dejar a un representante legal con un poder notarial?

R: Es importante que haga notar este hecho con anticipación a SERCOTEC, a través de una carta o correo exponiendo el tema, la Dirección Regional, en base al avance del proceso de formalización de los ganadores, deberá establecer un plazo máximo en el cual el/la emprendedor/a deberá regularizar su situación.


4) ¿Qué ocurre con aquellos empresarios que tienen régimen de tributación simplificada…?

A la hora de evaluar a los postulantes no se considera el régimen de tributación, si se considera la antigüedad de su formalización (iniciación de actividades, patentes y otros permisos, etc.), SÍ es importante que en el último año existan ventas demostrables.


5) ¿Qué ocurre si en el último año el/la empresario/a no registra movimiento durante algunos períodos?

R: En el punto 3.c se indica que: “Que hayan iniciado actividades ante el Servicio de Impuesto Internos al menos 12 meses antes del momento de postular, y que tengan ventas demostrables”. Las ventas demostrables, en el entendido de la estacionalidad de ciertos rubros no es exigible para todos los meses, lo importante es que el negocio tenga ventas demostrables al menos en algunos períodos (uno o más).


6) Respecto a las Ventas Demostrables letra c) Página 4 Bases Empresas: Se exige que la empresa tenga ventas demostrables durante 12 meses no necesariamente de manera consecutiva. Pregunta: ¿Hasta cuántos años hacia atrás se pueden contemplar los 12 meses de venta?

R: Respecto a las ventas demostrables, sólo consideren que deben tener ventas demostrables en el último año, no hay exigencia de 12 meses con ventas hacia atrás. Lamentablemente la redacción en las bases no es la mejor, pero lo que les señalo es lo que se exige, sólo ventas demostrables en el último año, basta con más de un mes con ventas demostrables.


7) Aquellas empresas que no registran movimiento durante algunos meses hasta el día de hoy, si cierran su giro, pregunta: ¿pueden postular a la categoría emprendimiento?

R: Si la empresa no registra movimiento y producto de ello cierra el giro ante el SII, entonces podrá efectivamente postular a capital semilla emprendimiento. Deben considerar que hay casos en los cuales los empresarios no han registrado movimiento por cierta cantidad de períodos, ahí se puede dar que el SII fuerce el cierre, pero que este no se haya hecho efectivo, por no haber concurrido el empresario a cerrar el proceso, en este caso el trámite estaría pendiente, y no podría en esa calidad postular a capital semilla emprendimiento.


8) ¿Los ganadores de la categoría emprendimiento de periodos anteriores, pueden postular ahora a la categoría empresa?

R: Sí. Pueden postular si cumplen los requisitos de la categoría empresa. La idea es que en el fondo las empresas pequeñas vayan avanzando y aprovechando nuevas oportunidades.


9) ¿Las empresas pueden ampliar su giro para postular a un proyecto relacionado dentro del nuevo giro?

R: Se parte del hecho que los planes de negocios que se presentan a concurso deben enmarcarse en el giro de la empresa según las bases. En el caso que el proyecto no esté dentro del giro actual de la empresa y para postular está pensando en ampliarlo, es factible hacerlo antes de postular, sin embargo, la nueva actividad del giro debiera estar relacionada y ser un complemento al giro existente de la empresa. En caso contrario por ejemplo, que un comerciante de abarrotes que tiene una casa y quiera remodelarla para incursionar en el rubro hospedaje a turistas, este nuevo giro trae un riesgo asociado mayor para el comerciante, dado que ingresa a un rubro que se puede entender desconocido y sin experiencia para la persona que lo lidera.

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